JCE recuerda prohibición de actos proselitistas antes de tiempo
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La Junta Central Electoral (JCE) emitió un comunicado dirigido a partidos, agrupaciones y movimientos políticos, así como a la ciudadanía en general, recordando que, de acuerdo con la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral y la Ley No. 33-18 de Partidos, los períodos de precampaña y campaña electoral aún no han comenzado.
Por lo tanto, añade, no están permitidos actos proselitistas a favor de ningún candidato, candidata o entidad política. La JCE hizo hincapié en la importancia de respetar estas normativas para mantener un proceso electoral ordenado y transparente.
Llamado a líderes políticos y ciudadanía a actuar con responsabilidad
La institución hizo un llamado especial a los líderes y lideresas de las organizaciones políticas, así como a quienes participan o dirigen actos proselitistas, para que actúen con responsabilidad y compromiso democrático.
JCE subrayó la necesidad de contribuir a un ambiente electoral basado en el sosiego social y político, el orden, la integridad y la legalidad.
Este recordatorio busca evitar acciones que puedan alterar el clima de tranquilidad necesario para un proceso electoral justo y equitativo.
Fechas clave para precampaña y campaña electoral de 2028
La JCE detalló que, para las elecciones generales de 2028, el período de precampaña comenzará el primer domingo de julio de 2027 y concluirá con la selección de las candidaturas.
Por su parte, la campaña electoral iniciará formalmente con la proclama que emitirá la JCE, a más tardar 70 días antes de los comicios.
Estas fechas están establecidas para garantizar que todas las fuerzas políticas cuenten con las mismas oportunidades y condiciones durante el proceso electoral.
JCE aplicará sanciones por incumplimiento de normativas electorales
Como órgano rector del proceso electoral, la JCE tiene la responsabilidad de velar por el cumplimiento de la ley y garantizar que se respeten los tiempos y condiciones establecidos.
En ese sentido, advirtió que se aplicarán las sanciones previstas en el artículo 308, numerales 4 y 5, de la Ley 20-23, y en el artículo 78, numeral 8, de la Ley 33-18, a quienes infrinjan estas normas mediante la realización de actos proselitistas antes de lo permitido.
Estas medidas buscan preservar la integridad del proceso y evitar ventajas indebidas.
El comunicado fue firmado en Santo Domingo este 5 de febrero de 2025, reiterando el compromiso de la JCE con la transparencia y el orden en el proceso electoral. La institución instó a todos los actores políticos y a la ciudadanía a colaborar en la construcción de un ambiente electoral basado en el respeto a la ley y en la paz social.