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Plazos legales que la JCE para elecciones municipales 2024

Santo Domingo. – La Junta Central Electoral (JCE), con miras a las elecciones municipales de 2024 y en cumplimiento con el calendario electoral, presentó el cronograma a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, así como a la ciudadanía en general, que contiene los plazos legales del mes de noviembre de 2023.

DIA

DISPOSICIÓN

PLAZO

FUENTE

10

Límite para depósito solicitudes de fusiones, alianzas o coaliciones.

100 días antes de la fecha señalada para las próximas Elecciones Municipales.

Art. 132, Ley 20-23, Régimen Electoral.

12

Límite para audiencia sobre las solicitudes de fusiones, alianzas o coaliciones.

48 horas siguientes.

Art. 132, párrafo III, Ley 20-23, Régimen Electoral.

15

Límite para decidir sobre las solicitudes de fusiones, alianzas o coaliciones.

Dentro de las siguientes setenta y dos (72) horas.

Art. 132, párrafo III, Ley 20-23, Régimen Electoral.

20

Límite para el registro en la JCE de la lista con todos/as los/as ciudadanos/as seleccionados/as en las asambleas o convenciones.

A más tardar 15 días laborables después de las asambleas o convenciones.

Art. 52, Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

20

Entrega base de datos del Registro Electoral a partidos políticos.

30 días después del cierre.

Art. 20, numeral 21, Ley 20-23, Régimen Electoral.

20

Límite para la presentación de candidaturas municipales.

90 días antes.

Artículo 147 Ley 20-23, Régimen Electoral.

23

Límite para la corrección de las listas de candidatos/as resultantes de asambleas o convenciones, que no cumplan con el 40% – 60% de hombres y mujeres; 10% de jóvenes.

A más tardar 72 horas después de depositadas las listas.

Art. 53, párrafo II, Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

25

Comunicación a partidos políticos de la resolución sobre fusiones, alianzas y coaliciones.

Dentro de los 10 días de haber sido dictada.

Art. 132, párrafo VII, Ley 20-23, Régimen Electoral.

25

Límite para el conocimiento y decisión de las propuestas de candidaturas.

5 días que sigan a su presentación.

Art. 150, Ley 20-23, Régimen Electoral.

26

Límite para la publicación de candidatos(as) en tablilla.

24 horas siguientes.

Art. 148, Ley 20-23, Régimen Electoral.

26

Comunicación a partidos políticos en Juntas Electorales de la resolución sobre la decisión de candidaturas.

Dentro de las 24 horas siguientes.

Art. 150, párrafo I, Ley 20-23, Régimen Electoral.

28

Comunicación y publicación a Juntas Electorales y partidos políticos de las candidaturas admitidas.

48 horas de haberlas admitido.

Art. 155, Ley 20-23, Régimen Electoral.

FUENTE: https://elsoldesantiago.com

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