MAP define pautas para la suspensión de funciones de candidatos a cargos electivos
Santo Domingo,- El Ministerio de Administración Pública (MAP) emitió la Circular núm. 018471, que establece pautas para suspender funciones o conceder licencias especiales a candidatos a cargos de elección popular que sean funcionarios públicos.
Este documento, firmado por el titular del MAP, Darío Castillo Lugo, establece que los candidatos a cargos municipales y congresuales serán excluidos de las nóminas durante ciertos meses, de acuerdo con la Ley núm. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral.
Para aplicar estas disposiciones, los ministros titulares de los sectores deberán solicitar al MAP la aprobación de licencias especiales para los candidatos que trabajen en las sedes de dichos ministerios. En caso de candidatos que ocupen cargos de alto nivel, serán sustituidos de manera interina durante el período de suspensión en servicio o licencia especial.
La resolución también indica que los funcionarios y servidores públicos que sean candidatos y sean reintegrados a sus funciones después de las elecciones serán compensados por los días no pagados. La Ley Orgánica del Régimen Electoral establece excepciones para los funcionarios que ocupen cargos electivos al aceptar candidaturas.
Estas medidas se tomaron en cumplimiento de la Ley núm. 20-23 y del Decreto núm. 370-23, con el objetivo de garantizar que las candidaturas a cargos de elección popular no se vean afectadas por la condición de funcionarios o servidores públicos.